domingo, 19 de abril de 2009

Proyectos de Ley en Colombia

Antidiscriminacion:

La senadora Gina Parody fue designada como ponente de este proyecto de ley, y para discutir sobre el problema de la discriminación en el país y con el ánimo de fortalecer la participación ciudadana y académica frente a este tema, se realizó el Jueves 15 de Noviembre de 2006, una audiencia ciudadana en el recinto del Congreso. Marcela Sánchez, directora ejecutiva de COLOMBIA DIVERSA, realizó una intervención en la cual resaltó la necesidad, importancia y efectos que tendría este proyecto de ley en relación con la comunidad LGBT. Para ella, "esta ley antidiscriminación es una oportunidad de construir una apuesta común por la igualdad entre diferentes poblaciones discriminados: afrodescendientes, negros, indígenas mujeres, personas con discapacidad, gays y lesbianas”.
Recordó cómo el Congreso ha cometido actos discriminatorios con la comunidad LGBT al no aprobar leyes de parejas en la legislatura anterior y agregó que este estatuto debe ser aprobado como una forma de reparación por este bochornoso acto.

1) Estatuto igualdad y no discriminación VF-07-DEFENSORIA DEL PUEBLO
2) Proyecto Antidiscriminación - Bennedetti - Parody


Parejas del mismo sexo:

Noticia tomada de pagina web polo democratico (
http://www.polodemocratico.net/Aprobado-en-ultimo-debate-proyecto)

Aprobado en último debate proyecto de ley para las parejas del mismo sexo.
Viernes 15 de junio de 2007

El proyecto de Ley No. 152 de 2006 cámara/130 de 2005 senado Por el cual se consagran los Derechos Patrimoniales y de Seguridad Social para las parejas del mismo sexo, fue aprobado el 14 de junio de 2007 en su último debate en la Plenaria de la Cámara de Representantes.
Después de 4 horas de debate, el proyecto de Ley fue aprobado con una votación de 63 a favor, 42 en Contra, a la media noche del día jueves.
El apoyo y presión de diferentes instancias como la ONU, Colombia Diversa, El Polo de Rosa, y demás organizaciones nacionales e internacionales fueron fundamentales para la aprobación de este proyecto.
Después de su aprobación se nombró una comisión de conciliación que unifico el texto de Cámara y Senado y lo radicó en presidencia para ser aprobado el día martes y luego ser enviado a sanción presidencial.
El Representante a la Cámara VENUS ALBEIRO SILVA GOMEZ, Cordinador ponente, y, uno de los parlamentarios que más defendió el proyecto durante todo su trámite, celebró esta decisión, dijo que este es un hecho histórico que hace efectivo derecho a la igualdad, la equidad, el respeto a la diferencia y la justicia social en nuestro país para más de 4 millones de colombianos, que por su condición homosexual históricamente han sido marginados, Mas allá de que las parejas del mismo sexo hayan ganado derechos patrimoniales y de seguridad Social, lo más importante es que se empezó a legislar para el homosexualismo en Colombia.

Texto de ley completo en:
http://www.colombiadiversa.org/dmdocuments/proyectodeleyproteccionparejasmismosexo2006.doc

jueves, 16 de abril de 2009

Universalidad de la Homosexualidad

Equiparación de derechos con los Heterosexuales

Unión civil

La unión civil es uno de los varios términos (en México existen, desde el 9 de noviembre del 2006, las denominadas sociedades de convivencia, concepto que se aplica no sólo a parejas hombre-hombre y mujer-mujer, sino a cualquier otro par de personas que, por razones incluso no relacionadas con su preferencia sexual, viven juntas) usados para un estado civil similar al matrimonio, creados sobre todo para permitir el acceso de las parejas homosexuales a las ventajas de las que gozan los matrimonios heterosexuales. En algunos lugares se dispone también de uniones civiles para los heterosexuales que no desean formalizar su relación en un matrimonio. Estas uniones heterosexuales reciben el nombre legal de unión libre. Estas uniones llegan a ser, en algunos estados, idénticas al matrimonio, del que sólo se diferencian en el nombre. Las uniones civiles están reguladas en Dinamarca, Noruega, Israel, Suecia, Islandia, Hungría, Francia, Finlandia, Alemania, Portugal, Croacia, Luxemburgo, Reino Unido, Andorra, Nueva Zelandia, República Checa, Colombia, en algunos estados de Estados Unidos (Hawái, California, Vermont, Distrito de Columbia, Maine, Nueva Jersey y Connecticut), en algunas regiones de Italia (Campania, Emilia-Romaña, Toscana, Umbría, Abruzos, Lacio, Liguria, Apulia y Véneto), en partes de Suiza (ciudad y región de Zúrich), en parte de Argentina (ciudad de Buenos Aires y la Provincia de Río Negro), en parte de Australia (estado de Tasmania), en parte de México (Ciudad de México y el estado de Coahuila) y en parte de Brasil (estado de Río Grande do Sul).

Matrimonio homosexual

El matrimonio homosexual es el reconocimiento social, cultural y jurídico que regula la relación y convivencia de dos personas del mismo sexo, con iguales requisitos y efectos que los existentes para los matrimonios entre personas de distintos sexos. Éste es el paso más avanzado para el total equiparamiento de derechos y deberes entre los ciudadanos homosexuales y heterosexuales, y sólo se ha aprobado en los Países Bajos (2001), en Bélgica (2002), en España (2005), en Canadá (2005), en Sudáfrica (2006) y, como ya se mencionó en la sección previa, en México existe, también desde 2006, la llamada Ley de Sociedad de Convivencia. En otros estados el asunto está en debate y, según un estudio de opinión europeo, más de la mitad de los ciudadanos de Suecia, Dinamarca, Luxemburgo, Andorra, Alemania y la República Checa están a favor de su regularización en sus estados, y los defensores de esta reforma representan más del 45 por ciento en Austria, Francia, Reino Unido y Finlandia.
Pero no sólo en Europa se ha debatido sobre este asunto, sino que éste es un debate vigente en el resto de los países occidentales, como Estados Unidos. En estos debates, habitualmente suelen estar a favor los sectores progresistas de la sociedad, es decir, aquellas organizaciones que están en pro de los derechos de la comunidad lésbico-gay-bisexual-transgénero (LGBT) y los partidos políticos progresistas (lo cual no es sinónimo de izquierdas, necesariamente), entre los cuales se encuentran mayoritariamente los socialdemócratas, los ecologistas, los centristas y los liberales. En contra del planteamiento de cambios en la legislación se hallan los sectores conservadores de la sociedad (la iglesia tanto católica como protestante y ortodoxa, principalmente), así como de los partidos políticos que defienden sus ideales y/o los modos de vida tradicionales (los de ideologías conservadoras, nacionalistas o de extrema derecha) y organizaciones del mismo entorno.

Argumentos a favor: principalmente, quienes tienen una postura a favor de la reforma alegan que regularizando el matrimonio homosexual se conceden nuevos derechos a un grupo de ciudadanos (los homosexuales y bisexuales) que hasta este momento no tienen/tenían, incumpliendo de esta manera en algunos casos la Constitución o la legislación vigente (al condenar la desigualdad y la discriminación, mientras que algunos de los ciudadanos no se pueden casar con la persona que quieren, mientras otra parte sí lo pueden hacer). Con esta extensión de derechos, argumentan, no se ven afectadas las libertades de otros ciudadanos.

Argumentos en contra: suelen afirmar que existe única y exclusivamente un tipo de familia y no varios tipos de ella, y su definición de familia dice que se trata de una unidad destinada a la procreación y, dado que una pareja de hombres, lo mismo que una pareja de mujeres, no pueden procrear a través de los medios "naturales" (los tradicionales), por consiguiente la familia queda restringida a la unión de un hombre con una mujer. Otro argumento puesto en la palestra durante estos debates es la raíz etimológica de la palabra matrimonio, que proviene del latín, matri-monium, y significa "unión de hombre y mujer concertada mediante determinados ritos o formalidades legales". Este segundo argumento está especialmente orientado en no aceptar que estas uniones sean llamadas matrimonio sino más bien de otra manera, manteniendo sin embargo la mayor parte de los derechos que eso implica.
Adopción de hijos por parte de parejas homosexuales
La adopción de hijos por parte de parejas homosexuales está autorizada por ley en un reducido número de territorios europeos y norteamericanos, y da la oportunidad a las parejas de homosexuales de tener hijos, reconociéndoles a ambos como padres o madres legales. Esta ampliación de derechos no suele tener tanto apoyo popular como otras medidas de ampliación de derechos a los miembros de este colectivo (tales como el matrimonio homosexual), a pesar de lo cual más del 50 por ciento (más de la mitad) de la población de Suecia y de los Países Bajos está de acuerdo con esta medida.
La opinión médica está algo dividida al respecto: por ejemplo, algunos consideran que lo importante para un correcto crecimiento de los menores no es el sexo de los padres, sino el cariño dado a sus hijos. Importantes asociaciones de especialistas, como la Asociación Estadounidense de Pediatría o el Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid, se muestran a favor, y diversos estudios científicos al respecto no han encontrado que haya ninguna desventaja ni deterioro en el desarrollo psicológico (ni intelectual ni emocional) en los niños o niñas criados por una pareja de hombres o por una pareja de mujeres. Sin embargo, personas como Dale O'Leary, escritora e investigadora de la Asociación Médica Católica de Estados Unidos, han expuesto los diversos riesgos que implica para un niño el ser adoptado por parejas homosexuales.

Discriminación en la Homosexualidad

La homosexualidad es una orientación sexual y se define como la interacción o atracción sexual, emocional, sentimental y afectiva hacia individuos del mismo sexo. Etimológicamente, la palabra homosexual es un híbrido del griego homós (que en realidad significa igual y no, como alguno creería, derivado del sustantivo latino homo, que quiere decir hombre) y del adjetivo latino sexualis, lo que sugiere una relación sexual y/o sentimental entre personas del mismo sexo, incluido el lesbianismo. El término gay, que en inglés clásico significa alegre, suele emplearse para referirse a los hombres homosexuales, y el término lesbiana para referirse a las mujeres. Desde 1973 la comunidad científica internacional considera que la homosexualidad no es una enfermedad. Sin embargo, la situación legal y social de la gente que se autodenomina homosexual varía mucho de un país a otro y frecuentemente es objeto de polémicas
La Homofobia es la aversión, el odio irracional, el miedo, el prejuicio o la discriminación contra hombres o mujeres homosexuales, aunque también suele incluirse a las demás personas que integran a la diversidad sexual, como es el caso de las personas bisexuales o transexuales, y también a aquellas que mantienen actitudes o hábitos comúnmente asociados al otro sexo, como los metrosexuales.
Estas actitudes respecto al colectivo homosexual están muy extendidas por las diversas sociedades, siendo generalmente inversamente proporcional al desarrollo económico, democrático, cultural y urbano de una sociedad (de esta manera, encontramos que donde está menos extendida es en Europa occidental y en las ciudades del resto del mundo occidental, mientras que es muco más acusada en las zonas rurales de los países en vías de desarrollo). Como ya se ha visto en los diversos apartados de los derechos del colectivo homosexual, la homosexualidad se expone a la pena capital en Arabia Saudita, los Emiratos Árabes Unidos, Irán, Mauritania, Nigeria, Pakistán, Sudán y Yemen, mientras que también es perseguida y castigada en otros estados: Bangladesh, Bhután, Guyana, India, las Maldivas, Nepal, Singapur y Uganda.

Lucha contra la discriminación

Muchos países occidentales han legalizado o al menos descriminalizado la homosexualidad, siguiendo recomendaciones del Parlamento Europeo y del Consejo de Europa.